La Inspección Técnica de Vehículos es un servicio de interés general diseñado para garantizar que los vehículos estén en buenas condiciones desde el punto de vista de la seguridad vial y el medio ambiente durante su uso.
Se trata de un servicio de recepción obligatoria y por el que los usuarios deben abonar la correspondiente tarifa que, con carácter general, establece cada Comunidad Autónoma (salvo en Madrid y Murcia donde la tarifa es libre).
En las 15 Comunidades Autónomas restantes y las 2 Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla, la tarifa es fija (es decir, la establece expresamente la Administración sin que el operador de ITV pueda decidir sobre ella) o máxima (es decir, los operadores de ITV deberán aplicar tarifas inferiores o iguales a los importes máximos e informarlo a la correspondiente CCAA). Este último caso se da en Castilla-La Mancha, Cataluña, Islas Canarias y La Rioja. Las tarifas varían en función de la tipología del vehículo (ligeros, pesados, agrícolas, etc.) y del combustible que utilice (gasolina, diésel, etc.).
Desde AECA-ITV se elabora anualmente un cuadro con las tarifas de ITV por CCAA con base en lo publicado en los diferentes boletines o diarios oficiales autonómicos. Estas tarifas no incluyen el IVA del 21% ni la tasa de la Dirección General de Tráfico por anotación del resultado de la inspección en el Registro General de Vehículos (4,10 € para 2020).