AECA-ITV recuerda que todo vehículo matriculado debe tener la ITV al día, aún cuando permanezca estacionado

La Asociación Española de Entidades Colaboradoras de la Administración en la Inspección Técnica de Vehículos explica que el hecho de que un vehículo esté estacionado en la vía pública no le hace perder la condición de estar matriculado. Al tratarse de un vehículo en disposición de circular, tiene la obligación de someterse a la preceptiva ITV.

Todos los titulares de vehículos, dados de alta en el Registro de Vehículos de la Dirección General de Tráfico (DGT), están obligados a tener la inspección técnica en vigor, sin importar si el vehículo se usará o no. Desde AECA-ITV explican que los artículos 10.1 del Reglamento General de Vehículos, y 4 del Real Decreto 920/2017, establecen que los vehículos matriculados o puestos en circulación deben someterse a inspección técnica en una de las estaciones de ITV autorizadas, en los casos y con la periodicidad y requisitos establecidos reglamentariamente.

Por ello, la entidad recuerda que el hecho de que esté estacionado no le hace perder la condición de estar matriculado, de tal forma que se trata de un vehículo en disposición de circular y, conforme lo dispuesto en la normativa aplicable, tiene la obligación de someterse a la preceptiva ITV. La única forma de no cumplir con esta obligación es dando de baja, temporal o permanente, el vehículo en la DGT y retirándolo de la vía pública.

Hay que tener en cuenta que, aún estando aparcado, el vehículo puede sufrir daños o algunos de sus sistemas pueden deteriorarse, pudiendo provocar daños personales y materiales al resto de ciudadanos y vehículos de la vía pública.

No tener la ITV al día es una infracción grave

AECA-ITV recuerda también que no tener la ITV en vigor (aun estando estacionado) constituye una infracción grave expresamente tipificada en el artículo 76 o) de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial al establecer que “son infracciones graves las relativas a las normas que regulan la inspección técnica de vehículos” y, en consecuencia, debe llevar aparejada la correspondiente sanción económica de 200 euros.

Todo ello sin perjuicio del potencial riesgo para la seguridad vial y la no cobertura de la póliza del seguro de responsabilidad civil de vehículos en el caso de producirse un siniestro.

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