Este 1 de octubre entrará en vigor, con carácter general, el Real Decreto 518/2026, de 24 de junio, que introduce importantes modificaciones en las normas de circulación y supone un refuerzo de las medidas destinadas a mejorar la seguridad vial y proteger especialmente a los usuarios vulnerables.
La nueva regulación afecta a motocicletas y ciclomotores, bicicletas, vehículos de movilidad personal (VMP), peatones, autocaravanas y al conjunto de conductores, incorporando nuevas obligaciones relacionadas con el equipamiento, las distancias de seguridad y la circulación en determinadas situaciones.
Desde la Asociación Española de Entidades Colaboradoras de la Administración en la Inspección Técnica de Vehículos (AECA-ITV) destacan la importancia de continuar avanzando en medidas que permitan reducir los riesgos asociados a la movilidad y recuerdan que la seguridad vial depende tanto del comportamiento de los usuarios, como de que los vehículos que circulan por las vías públicas se encuentren en unas condiciones técnicas adecuadas.
Más protección para ciclistas y otros usuarios vulnerables
Una de las principales novedades de la reforma afecta a los adelantamientos. Desde el 1 de octubre, cuando un vehículo adelante a bicicletas, grupos de ciclistas, ciclomotores, VMP, peatones o animales deberá mantener una separación lateral mínima de 1,5 metros. Además, en aquellas vías que dispongan de más de un carril por sentido será obligatorio realizar un cambio completo de carril. En vías urbanas se incorpora, asimismo, una distancia mínima de 5 metros entre un vehículo a motor y el ciclista que circule delante en el mismo carril.
También cambia el régimen aplicable al rebasamiento de vehículos inmovilizados por avería, accidente, operaciones de auxilio o mantenimiento de la vía, entre otros supuestos. Cuando estos ocupen total o parcialmente un carril, deberá mantenerse una distancia lateral mínima de 1,5 metros y reducir la velocidad al menos 20 km/h respecto al límite establecido.
Nuevas normas para bicicletas en las ciudades
La circulación de bicicletas también experimentará cambios importantes. En ausencia de carril bici o vía específicamente acondicionada, las bicicletas deberán circular por la calzada y lo harán preferentemente por el centro del carril, siempre que las condiciones de seguridad lo permitan.
Como regla general, los ciclistas no podrán circular por las aceras, aunque las autoridades municipales podrán contemplar determinadas excepciones, entre ellas para menores de 12 años. Asimismo, podrán circular por determinadas zonas peatonales cuando lo autorice la autoridad municipal.
Casco obligatorio y edad mínima de 15 años para conducir VMP
Los vehículos de movilidad personal son otros de los grandes protagonistas de la nueva regulación. Desde el 1 de octubre, los menores de 15 años no podrán conducir VMP y sus usuarios deberán utilizar casco homologado o certificado, correctamente abrochado.
Cuando circulen entre el ocaso y la salida del sol o cuando las condiciones meteorológicas o ambientales reduzcan sensiblemente la visibilidad, los usuarios deberán llevar al menos un elemento luminoso o reflectante que resulte visible a una distancia de 150 metros. La obligación de llevar encendido el alumbrado del VMP durante el día, sin embargo, contará con un periodo transitorio de un año y no será exigible hasta el 1 de octubre de 2027.
Para AECA-ITV, el refuerzo de las normas que afectan a la circulación y protección de los usuarios de VMP supone un avance en materia de seguridad. No obstante, la Asociación considera que el siguiente paso en su regulación debería ser establecer a nivel nacional un control técnico periódico del estado de estos vehículos en las estaciones de ITV, de manera que pueda garantizarse que mantienen unas condiciones técnicas adecuadas conforme la normativa aplicable durante toda su vida útil.
Más equipamiento de protección para los motociclistas
La reforma también introduce nuevas obligaciones para motocicletas, ciclomotores y determinados vehículos de tres y cuatro ruedas. En vías interurbanas, conductores y pasajeros deberán utilizar guantes de protección, mientras que el calzado cerrado será obligatorio en todo tipo de vías. Asimismo, se establece que el casco deberá estar homologado conforme al Reglamento UNECE R22, aunque en el caso de los ciclomotores se contempla un periodo transitorio de un año para esta última exigencia.
Las motocicletas deberán llevar también entre su equipamiento obligatorio un chaleco reflectante de alta visibilidad. Además, quienes desarrollen profesionalmente su actividad utilizando motocicletas, bicicletas, ciclos o VMP deberán utilizar chaleco reflectante cuando circulen por cualquier tipo de vía.
Otra de las novedades permitirá que las motocicletas puedan circular excepcionalmente por el arcén derecho cuando los carriles se encuentren detenidos por congestión. Esta posibilidad estará limitada a tramos previamente habilitados y señalizados, con una velocidad máxima de 30 km/h, circulación en columna de uno y siempre sin poner en riesgo a quienes estén obligados a utilizar el arcén.
Un “carril de emergencia” para facilitar el paso de los servicios prioritarios
A partir del 1 de octubre también se incorpora expresamente el denominado “carril de emergencia” en autopistas y autovías. Cuando exista una retención y los vehículos se encuentren prácticamente detenidos, deberán dejar libre un espacio para facilitar el paso de los vehículos prioritarios.
En carreteras con dos carriles por sentido, este corredor se formará en el centro de ambos; cuando existan tres o más carriles, se abrirá entre el carril izquierdo y el inmediatamente contiguo. Los vehículos situados en el carril izquierdo deberán desplazarse hacia la izquierda, mientras que los restantes lo harán hacia la derecha.
La seguridad vial, una responsabilidad compartida
Desde AECA-ITV recuerdan que la incorporación de nuevas normas de circulación y protección constituye una herramienta esencial para avanzar hacia una movilidad más segura, pero subrayan que la seguridad vial requiere actuar sobre todos los factores que intervienen en los desplazamientos.
En este sentido, además del comportamiento responsable de conductores y usuarios, el correcto estado técnico de los vehículos constituye un elemento esencial para prevenir riesgos en carretera. La inspección técnica permite comprobar periódicamente que los vehículos mantienen las condiciones de seguridad y protección medioambiental exigidas para circular.
“La entrada en vigor de estas nuevas medidas supone un nuevo avance en la protección de los usuarios de las vías, especialmente de aquellos que presentan una mayor vulnerabilidad, y refuerza la necesidad de seguir trabajando de forma coordinada para que tanto las personas como los vehículos contribuyan a una movilidad cada vez más segura”, concluye Guillermo Magaz, director gerente de AECA-ITV.

